miércoles, 16 de noviembre de 2011

Justicia social

El concepto de justicia social surgió a mediados del siglo XIX para referirse a la necesidad de lograr un reparto equitativo de los bienes sociales. En una sociedad con justicia social, los derechos humanos son respetados y las clases sociales más desfavorecidas cuentan con oportunidades de desarrollo.

La justicia social comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables de acuerdo al tipo de organización de la sociedad en general, o en su caso, de acuerdo a un colectivo social determinado.

Comprende por tanto el tipo de objetivos colectivos que deben ser perseguidos, defendidos y sostenidos y el tipo de relaciones sociales consideradas admisibles o deseables, de tal manera que describan un estándar de justicia legítimo.

Un estándar de justicia sería aquello que se considera más razonable para una situación dada. Razonable significa que determinada acción es defendible ante los demás con independencia de sus intereses u opiniones personales, esto es, desde una perspectiva imparcial; así, para justificar algo hay que dar razones convincentes que los demás puedan compartir y comprender.

Es tambien un término utilizado para referirse a las condiciones necesarias para que se desarrolle una sociedad relativamente igualitaria en términos económicos. Comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables para garantizar condiciones de trabajo y de vida decentes para toda la población.

Alejandro Korn sostiene que la justicia social es un ideal que solo puede definirse a partir del hecho concreto de la injusticia social.

Algunos estudiosos, sostienen que el concepto «justicia social» se corresponde con la «justicia distributiva» de Aristóteles, en tanto que la noción de «justicia conmutativa» del estagirita, corresponde a la idea clásica de justicia, en la sociedades modernas.

La justicia social implica el compromiso del Estado para compensar las desigualdades que surgen en el mercado y en otros mecanismos propios de la sociedad. Las autoridades deben propiciar las condiciones para que toda la sociedad pueda desarrollarse en términos económicos.

Esto quiere decir, en otras palabras, que no deberían existir unos pocos multimillonarios y una gran masa de pobres.

No existe la justicia social si, por ejemplo, el 20% de la sociedad gana más de 500.000 pesos al mes y el 70% vive con menos de 1.000 pesos mensuales. Existen distintas corrientes del pensamiento, sin embargo, que proponen diversas formas de encarar estas desigualdades.

El liberalismo, en general, sostiene que la justicia social está vinculada a la generación de oportunidades y a la protección de las iniciativas privadas. El socialismo y las propuestas de izquierda, en cambio, se centran en la intervención estatal para lograr la justicia social.
Hay quienes sostienen que ciertos márgenes de ganancia son inmorales en medio de sociedades empobrecidas y buscan combatir el lucro desmedido a través de impuestos, tasas u otras medidas.

Los países con mejor calidad de vida suelen ser aquellos que promueven la justicia social ya que la inequidad y las desigualdades generan violencia y promueven los enfrentamientos sociales.


Algunos de los temas que interesan a la justicia social y a las políticas socio-económicas son la igualdad social, la igualdad de oportunidades, el estado del bienestar, la cuestión de la pobreza, la distribución de la renta, los derechos laborales, etc.
Historia
Históricamente el concepto de justicia social aparece como una respuesta directa a lo que en el siglo XIX se llamó la “cuestión social”, es decir, el creciente malestar y reclamo de los trabajadores.

El término “justicia social” fue utilizado por primera vez por el cura siciliano Luigui Taparelli en Inglaterra a fines del siglo XIX, entre los socialistas fabianos ingleses, a partir de un fuerte componente ético: “convicción racional e inspirada por el impulso ético para realizar la justicia social” (1890). El concepto pasó al Partido Laborista inglés, y fue aceptado y retomado por el gobierno liberal a través de su emergente el Ministro de Comercio David Lloyd George, cuyo objetivo manifiesto era “lograr la justicia social” (1903). En la misma época, en Francia, el Partido Socialista a través de Jean Jaurés, adopta el concepto de justicia social como parte de su socialismo ético.

En 1919 se crea la OIT y se redacta su Constitución que comienza diciendo: “Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social…”. En 1931 el papa Pío XI utiliza el término en la Encíclica Cuadragésimo año.

Años más tarde se constituía en Argentina el primer partido político basado íntegramente en esta justicia, el Partido Justicialista, acaudillado por Juan Domingo Perón.

La aparición del constitucionalismo social, el estado de bienestar y el derecho laboral, son cuestiones que rápidamente se vincularon con las ideas de justicia social. Así se ha dicho que la llamada justicia “conmutativa” es la que corresponde entre iguales, en tanto que la justicia “social” es la que corresponde entre desiguales.

Filosofía del derecho y justicia social

La defensa de los principios de justicia se realiza normalmente por la vía de la argumentación racional, con base a cuatro tipos de argumento: práctico, por analogía, ético y de identidad.

El tratamiento del término justicia social por las Ciencias Sociales se encuentra en R. L. Cohen, tomado de justice, social en el ‘Dictionary of Sociology’ [Oxford]. En INTERNET puede ubicarse como Social justice. En cuanto a la Filosofía y la Teología el término es relativamente reciente, aunque está implícito en la producción de filósofos de la Edad Moderna: Hobbes [cita requerida], Rousseau [cita requerida], Locke [cita requerida],
Kant [cita requerida], Malthus [cita requerida], Thomas Hill Green, y como Filosofía política en Friederich Hayek, John Rawls, Robert Nozick, Michael Walzer, David Miller y Brian Barry.

Otra fuente es el pensamiento de Joaquín Ruiz Jiménez en español. Es especial y profusamente tratado en la Doctrina Social Católica (Encíclicas sociales) con el referente de la Dignidad humana y en la tradición cristiana por estar vinculado a su concepto del amor al prójimo. Otras fuentes son: el movimiento sindical, los partidos socialistas democráticos y los movimientos de Derechos Humanos.

La idea de justicia social late en el “estado de naturaleza” o posición original propios del contractualismo del que tratan Rousseau y algunos de los clásicos[cita requerida], así como en el ‘equilibrio reflexivo’ de los principios de justicia de Rawls: libertades básicas, principio de diferencia y la acción afirmativa como discriminación positiva, basada en la justicia entendida como equidad, cuestión que ha sido discutida y parcialmente resuelta por el principio de igualdad de oportunidades, pero no ha sido desarrollada hasta las acciones y consecuentes legislaciones de los movimientos humanistas en torno a la discriminación, la libertad y las Encíclicas Sociales: la distribución de los frutos del desarrollo y la dignidad humana.

La lucha contra la distribución desigual de bienes que son de todos, la solicitud o preocupación por el bien común, la idea de que justicia equivale a paz y la conciencia de ello en los individuos son todos componentes de un sistema social justo. El balance de las desigualdades sociales en beneficio de los menos favorecidos, dando a la justicia la categoría de equidad, como preocupación social para el desarrollo humano y de la sociedad, ya define la nueva situación de estas cuestiones en la humanidad. Este tipo de problemas favorece la tentación del uso de la violencia para combatir situaciones consideradas socialmente injustas; los problemas principales señalados como ejemplos son vivienda y desempleo y cuestiones internacionales de calado, que posee un carácter progresista (acumulativo) y una fundamentación empírica y racional, desarrollando una doctrina social basada en estos puntos: desarrollo, solidaridad, dignidad humana e identidad de cada comunidad.

Como teología moral, su definición llega más allá del contrato social: ‘los bienes de este mundo están originalmente destinados a todos’, que forma un conjunto de principios, criterios de juicio y directrices de acción, ‘un compromiso para la justicia según la función, vocación y circunstancias de cada uno’, (Sollicitudoreisocialis, Juan Pablo II PP.). Se ha construido ya un modelo de filosofía moral para la sociedad civil y se ha incorporado a la estructura social a través de las Ciencias Sociales, es decir, con aportaciones y puntos de vista de técnicas multidisciplinarias.

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